Corte Constitucional solicita informe al CPCCS por intentos de observación al Consejo Transitorio

La Corte Constitucional solicitó al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social un informe pormenorizado respecto a sus acciones que aseguren el cumplimiento del Dictamen No. 2-19-IC/19, el cual impide la revisión de lo actuado en su momento por el Consejo Transitorio del “Trujillato”.

Esta solicitud se da por el intento del CPCCS, liderado por Alembert Vera, en relación a la creación de una veeduría ciudadana que permita evaluar las acciones tomadas por el Consejo de participación Ciudadana Transitorio, que estuvo liderado por Julio César Trujillo, y que posesionó a la nueva Corte Constitucional.

Para Alembert vera, lo actuado por el Consejo de Trujillo tuvo varios problemas y “barbaridades” y cree necesario que el pueblo, a través de una Veeduría Ciudadana, evalúe al mencionado Consejo y que se determine si sus resoluciones fueron idóneas.

A pesar que lo mencionado por Vera, la Corte Constitucional recuerda la existencia del Dictamen No. 2-19-IC/19, que bloquea cualquier observación al Consejo de Trujillo, y el incumplimiento a la misma puede ser causal de destitución.

Las veedurías ciudadanas son “mecanismos de control social, mediante los cuales los ciudadanos ejercen su derecho de participación para el seguimiento, vigilancia y fiscalización de la gestión pública” por parte del CPCCS, no obstante, en la composición de estas veedurías deben estar exentas de personas con conflicto de intereses.

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