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Corte Constitucional solicita informe al CPCCS por intentos de observación al Consejo Transitorio
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La Corte Constitucional solicitó al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social un informe pormenorizado respecto a sus acciones que aseguren el cumplimiento del Dictamen No. 2-19-IC/19, el cual impide la revisión de lo actuado en su momento por el Consejo Transitorio del “Trujillato”.
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Esta solicitud se da por el intento del CPCCS, liderado por Alembert Vera, en relación a la creación de una veeduría ciudadana que permita evaluar las acciones tomadas por el Consejo de participación Ciudadana Transitorio, que estuvo liderado por Julio César Trujillo, y que posesionó a la nueva Corte Constitucional.
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Para Alembert vera, lo actuado por el Consejo de Trujillo tuvo varios problemas y “barbaridades” y cree necesario que el pueblo, a través de una Veeduría Ciudadana, evalúe al mencionado Consejo y que se determine si sus resoluciones fueron idóneas.
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A pesar que lo mencionado por Vera, la Corte Constitucional recuerda la existencia del Dictamen No. 2-19-IC/19, que bloquea cualquier observación al Consejo de Trujillo, y el incumplimiento a la misma puede ser causal de destitución.
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Las veedurías ciudadanas son “mecanismos de control social, mediante los cuales los ciudadanos ejercen su derecho de participación para el seguimiento, vigilancia y fiscalización de la gestión pública” por parte del CPCCS, no obstante, en la composición de estas veedurías deben estar exentas de personas con conflicto de intereses.
